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COMPROMETIDOS A UN REENCUENTRO FAMILIAR SEGURO

El presidente Biden creó el Family Reunification Task Force (Grupo Operativo
para el Reencuentro Familiar) para identificar y reunir a las familias que
fueron separadas por el gobierno de los Estados Unidos entre el 20 de enero del
2017 y el 20 de enero del 2021. El Family Reunification Task Force (Grupo
Operativo para el Reencuentro Familiar) ha establecido un proceso para traer a
ciertos miembros de familia de regreso a los Estados Unidos para reencontrarse
con sus familiares y recibir servicios de apoyo.

Regístrese para Reencontrarse


¡BIENVENIDO!



 * In English / En Español / En Portugués / In M'am / In K'iche / In Q'anjob'al
   / In Q'Eqchi'

 * Tener en cuenta: Este sitio web está destinado para familias que fueron
   separadas entre el 20 de enero de 2017 y el 20 de enero de 2021 en la
   frontera entre Estados Unidos y México por parte del gobierno de Estados
   Unidos. Si no cumple con estos requisitos, se le considerará inelegible para
   el proceso del Grupo Operativo.
   
   Para obtener más información sobre el acuerdo Ms. L v. ICE, visite aquí.
   
   Las familias que no califican para este proceso pueden buscar otras opciones.
   Para obtener más información sobre los procesos para cubanos, haitianos,
   nicaragüenses y venezolanos que buscan permanencia temporal condicional en
   los Estados Unidos, consulte https://www.uscis.gov/es/CHNV.
   
   Para obtener información sobre si usted o un miembro de su familia que es
   beneficiario de un Formulario I-130 - Petición de familiar extranjero,
   aprobado, puede ser elegible para la permanencia temporal condicional de
   reunificación familiar, consulte https://www.uscis.gov/es/FRP.


Descargo de responsabilidad: La aparición de cualquier forma de hipervínculo no
constituye la aprobación por parte del Departamento de Seguridad Nacional (DHS)
de entidades gubernamentales ajenas a los EE. UU. o la información, los
productos o los servicios respaldados por esas entidades. A veces, el DHS
utiliza entidades ajenas al gobierno de los EE. UU. como un canal de
distribución adicional de información relevante, pero el DHS no respalda ni
ejerce control sobre toda la información que puede encontrar en estas fuentes.
DHS proporciona esta información de acuerdo con el propósito declarado de este
sitio web.


¿USTED CALIFICA?

Si es uno de los padres, tutor legal, o niño y fue separado de su familia por el
gobierno de los Estados Unidos en la frontera USA-México entre el 20 de enero
del 2017 y el 20 de enero del 2021, podría calificar para comenzar el proceso de
reencuentro familiar y recibir servicios de apoyo. Los padres e hijos que hayan
sido reunidos previamente, ya sea en el país de origen o en Estados Unidos,
también tienen derecho a estos servicios de apoyo.

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) brindará ayuda con este
proceso a todas las familias que califiquen. OIM es una entidad de confianza en
asociación con el gobierno de los Estados Unidos que ayuda a asegurar una
migración humana.

Tenga en cuenta que los niños ciudadanos estadounidenses que fueron separados
también pueden calificar para este proceso de reunificación.

Más Información


¿POR QUÉ DEBE REGISTRARSE?

Este esfuerzo apoyará a todos los individuos que califican en la reunificación
de sus familias y/o en la obtención de servicios de apoyo. A las personas que
reúnen los requisitos se les puede:

 * permitir que regresen a los EE. UU.;
 * proporcionar servicios de apoyo y de viaje;
 * permitir que vivan en los EE. UU. durante tres años bajo un permiso
   humanitario;
 * permitir que soliciten una autorización de trabajo;
 * proporcionar orientación y otros servicios para ayudar a garantizar una
   reunificación exitosa;
 * proporcionar asistencia con ciertos copagos médicos que se cobran a los
   Centros de salud calificados a nivel federal;
 * proporcionar ciertos servicios legales de inmigración; y
 * proporcionar asistencia de vivienda limitada.

Registrese Ahora Ayuda


PREPARE SU REGISTRO

Registrarse es el primer paso para reencontrarse con su familia. Para
registrarse, necesitará la siguiente información:

 * Su información de contacto (por ejemplo, dirección de correo electrónico,
   número de teléfono o dirección física)
 * El número A del padre separado, si es que lo sabe (este es un número de ocho
   o nueve dígitos que comienza con la letra A y se encuentra en los documentos
   proporcionados por los oficiales de migración de los Estados Unidos)
 * El número A del niño separado, si es que lo sabe
 * Dónde se encuentra el niño separado, si es que lo sabe
 * La información de contacto del niño separado, si es que la sabe (ej., correo
   electrónico o número de teléfono)
 * Si es aplicable, el nombre e información de contacto de su representante
   legal (ej., número de teléfono o correo electrónico). El formulario firmado
   G-28 no es necesario para completar la registración.

Registrarse es gratis. Solo se necesita un registro por familia y debe incluir a
todos los miembros familiares separados en la frontera USA-Méjico.

Registrese Ahora Ayuda


QUÉ ESPERAR DESPUÉS

Luego de registrarse, el Family Reunification Task Force (Grupo Operativo para
el Reencuentro Familiar) determinará si califica para enviar una solicitud con
el apoyo del Family Reunification Task Force (Grupo Operativo para el
Reencuentro Familiar) a través de la OIM.

Si califica, un representante de la OIM contactará a su representante legal o a
usted para ayudarlo con los pasos siguientes en el proceso de reencuentro
familiar.

Más Información


INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

La información enviada a través de esta página web será utilizada para confirmar
si califica para el reencuentro familiar con el apoyo del Family Reunification
Task Force (Grupo Operativo de Reencuentro Familiar). Las personas que se
registren en esta página web no serán referidas a ICE para deportación de los
Estados Unidos basándose únicamente en la información proporcionada al Family
Reunification Task Force (Grupo Operativo de Reencuentro Familiar) a través de
esta página web. La información podría compartirse con agencias de seguridad
nacional y de ejecución de la ley, incluyendo ICE y CBP, para propósitos
distintos a la deportación, tales como la identificación de declaraciones
fraudulentas, para propósitos de seguridad nacional, o para la investigación o
enjuiciamiento de delitos penales.

Esta página tiene el fin de facilitar la identificación y reencuentro de las
familias separadas por el gobierno de los Estados Unidos bajo la política Zero
Tolerance.

Family Reunification Task Force | Homeland Security (DHS.gov)

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