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¿QUÉ CUBRE LA GARANTÍA DE DAÑOS POR AGUA EN LAS VIVIENDAS, EDIFICIOS, COMERCIOS
O EMPRESAS?

17 enero, 2018/73 Comments/in Hogar, Pólizas y garantías, Reclamación /by
ClaimCenter

Vivo en una vivienda tipo chalet con un jardín de unos 400 metros cuadrados. El
pasado jueves me llegó una factura de agua que subía una barbaridad. No es
habitual que gaste tanta agua incluso si son los días de verano cuando riego con
más asiduidad. Cerré la llave de paso general que alimenta el interior de la
vivienda, dejando abierta la del contador. Puesto el contador giraba, pude
percatarme que tenía una fuga que filtraba a través del jardín, y por eso no me
enteré de que la tubería de alimentación estaba rota.



Habitualmente las fugas de agua en instalaciones interiores inundan la vivienda
dejando paredes, suelos y muebles totalmente mojados. Llamé al seguro y el
perito me dijo que no entraba nada. Ni me pagaban la factura ni buscar la fuga
de agua. Me enfadé muchísimo tanto con el perito como con el seguro. Tras
contactar con ClaimCenter me dijeron que quedaba cubierto parte del siniestro,
el cual reclamaron ante la oposición de la aseguradora. Finalmente cobré
transcurridos dos años después de ir a juicio.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

QUÉ CUBRE LA GARANTÍA DE DAÑOS POR AGUA

Los daños por agua representan el 31% de los siniestros del hogar y resto de
pólizas multirriesgo (comunidades de viviendas, comercios, pymes, empresas,…).
Son la causa más común e importante, por lo que cada año afectan a multitud de
hogares, edificios y empresas de todo el mundo.

Esta garantía paga tres clases de costes, más la responsabilidad civil:

 1. Los daños. En primer lugar las aseguradoras pagan, habitualmente, los daños
    ocasionados por el agua como son los techos, paredes, puertas, vestimenta,
    mobiliario, parqué, instalaciones eléctricas, existencias, máquinas y otras
    cosas aseguradas en el contrato afectados por el agua. Pero dependiendo de
    las cláusulas que limitan los derechos del asegurado, la aseguradora puede
    cubrir, excluir o aplicar franquicias a los daños, y para ello pondremos un
    ejemplo. Hay aseguradoras que dicen que si el origen es un tubo de agua
    subterráneo o una obturación no pagará los daños, en cambio hay otras
    aseguradoras que sí lo pagan todo. El cubrir o excluir los daños por el agua
    depende de cada aseguradora. Las hay que son buenas y las hay de malas o
    LowCost.
 2. El origen del siniestro. Por definición los seguros sólo deberían pagar las
    consecuencias del siniestro, o sea, los daños causados por el agua a
    excepción del origen o la causa. Pero desde hace muchos años el mercado y la
    competencia ha ido “presionando” a las aseguradoras hasta que también pagan,
    generalmente, el origen del siniestro. De este modo, las aseguradoras pagan
    la localización, entendiendo por ello el buscar la fuga de agua, y la
    reparación de la tubería o depósito que originó el siniestro. Pero como
    siempre decimos, depende de la aseguradora y de las cláusulas que limitan
    los derechos del asegurado, el que paguen o no este tipo garantía. Para
    poner un ejemplo hay aseguradoras que limitan la localización y reparación
    de la avería a 500 €. También pueden aplicar franquicias de 250 € a este
    tipo de siniestros, incluso pueden excluir las fugas de agua que tengan su
    origen en las tuberías vistas (que no están empotradas).
 3. Los gastos y pérdidas. Es posible que debido a la magnitud de los daños los
    ocupantes de la vivienda deban deshabitarla, como sería el caso de cambiar
    todo un pavimento de madera, puertas, ventanas y ropa de una vivienda con
    ocasión de un siniestro de un tubo de traída de agua que se ha roto cuando
    una familia se ha ausentado por vacaciones durante un periodo de 15 días.
    Cuando vuelven, tanto ellos como los vecinos de los pisos inferiores están
    inundados. La reforma implica que la familia debe ausentarse del hogar para
    que los industriales arreglen todos los desperfectos. Hay aseguradores que
    pagan la inhabitabilidad de la vivienda alquilando otra, o hasta un hotel,
    hasta que éstos puedan volver a su hogar. Otras aseguradoras no.
 4. La responsabilidad civil por agua. Aunque sea una garantía a parte de la de
    “daños propios por agua”, las aseguradoras también cubren los desperfectos
    que nuestra instalación haya causado a vecinos como consecuencia de la fuga
    de agua. Y en su caso pagan todos los desperfectos, más la inhabitabilidad y
    resto de gastos que se devenguen.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

COSAS A TENER EN CUENTA RESPECTO A LA GARANTÍA DE DAÑOS POR AGUA

CUANDO EL CAUSANTE DE LA FUGA ES OTRO, ¿QUÉ SEGURO DEBE PAGARME?

Si el causante de la fuga es el vecino de la oficina o de la vivienda del piso
superior y me ha mojado, ¿debe pagar él o su seguro de responsabilidad civil? La
obligación y responsabilidad será del vecino propietario de la instalación que
ha causado el daño, y subsidiariamente su seguro de responsabilidad civil. En
España, el artículo 76 de la Ley 50/1980 permite reclamar directamente al seguro
de responsabilidad civil, pero lo más recomendable y cómodo es avisar a nuestro
seguro para que nos pague a nosotros ya que somos el cliente, y que luego se
espabile y se “busque la vida” con el vecino del piso superior para reclamarle
los daños una vez nos los haya pagado a nosotros. Hay aseguradoras que nos dicen
que debemos ser nosotros los que reclamemos al vecino del piso superior para no
pagarnos, ahorrase una indemnización y luego evitar los gastos de recobrar.
Cuando te suceda esto, que tu seguro se “lava las manos” con tu caso, no te paga
y dice que te espabiles tú con el causante, cámbiate de seguro ya que se trata
de una aseguradora LowCost.

CUANDO NOS DICEN QUE EL SEGURO DE LA COMUNIDAD DEBE PAGARNOS UNA PARTE DE LA
INDEMNIZACIÓN YA QUE HAY “CONCURRENCIA DE SEGUROS”

En bastantes ocasiones donde hay una póliza comunitaria, a parte de la nuestra
(oficina, hogar, pyme,…), la indemnización se debe pagar de manera proporcional
a las sumas aseguradas que correspondan entre los dos seguros (artículo 32 Ley
50/1980). Esto quiere decir que si tenemos 100.000 € de continente por la póliza
del hogar y nos corresponden 100.000 € por el seguro de la comunidad, el 50% de
los daños corresponderá pagarlos a la comunidad y el otro 50% al seguro de
nuestra vivienda. ¿Esto significa que deberemos “pelearnos” con dos seguros? No.
Esto significa que nuestro seguro del hogar debe pagarnos TODOS los daños y
recobrar (artículo 43 Ley 50/1980) al seguro del hogar la parte que corresponda.
Si tu aseguradora sólo te paga su parte y te dice que te espabiles con el otro
seguro para que te pague su parte, se trata de una aseguradora LowCost. Cámbiate
a la mínima ocasión ya que el día que tengas problemas serios será una auténtica
pesadilla.

CUANDO SOMOS INQUILINOS Y TENEMOS CONTINENTE ASEGURADO

Cuando como inquilinos de una vivienda tenemos el continente asegurado,
correspondería al propietario, o a su seguro, el reparar los daños. En teoría tu
seguro sólo debería asumir los daños de tus cosas aseguradas. Pero el seguro del
inquilino también puede hacerse cargo de los daños a las paredes, puertas o
parqué asegurados y recobrar al seguro del propietario o de la comunidad las
indemnizaciones que nos han pagado. Depende siempre de la calidad del seguro de
que se trate. Si tu seguro te dice que te “busques la vida” y que no se hace
cargo, se trata de LowCost. Depende de ti seguir con esa compañía.

RESPECTO A LOS PERITOS, LAS ASISTENCIAS Y PRESENTAR FACTURAS A LAS ASEGURADORAS

Cuando tenemos un siniestro podemos actuar de cuatro modos distintos

 * Solicitar que vengan los operarios de las aseguradoras porque nos resulta más
   cómodo. Este tema se trató en un post que publicamos. Habitualmente se trata
   de operarios LowCost que para temas muy sencillos resultan relativamente
   satisfactorios, pero para temas más relevantes son, por norma general, un
   auténtico desastre. Las aseguradoras intentarán endosarlos a toda costa ya
   que tienen unos costes muy reducidos para ellas, pero nuestra recomendación
   es huir de ellos.
 * Puedes buscar industriales de tu zona y de confianza, por tu cuenta, y que
   vengan a realizar los trabajos. Una vez hechos los trabajos pasarás la
   factura al seguro y éste lo pagará sin problemas, si no se trata de un seguro
   LowCost. Si el importe es muy elevado, la aseguradora puede enviar a un
   perito a realizar labores de comprobación y control. Si el asunto es
   transparente y se ha hecho lo que debía, no habrá ningún problema para cobrar
   la indemnización. Tranquilo ya que en tu casa decides tú, no el seguro.
 * Solicitar directamente que venga un perito. Éste podrá realizar una
   valoración unilateral de los daños para que percibas la indemnización. En
   este caso no deberás aportar facturas ni nada a la aseguradora. La valoración
   del perito es la definitiva y con eso es suficiente. Si se trata de un buen
   profesional te recomendará que busques a industriales de tu confianza y de tu
   zona y le presentes presupuestos o facturas, que tras su inspección y si los
   precios son acordes con los normales del mercado, le comunicará al asegurador
   para que te indemnicen. Si se trata de un buen profesional y un buen seguro
   no tendrás ningún tipo de problema. Sólo hay problemas con las aseguradoras
   LowCost.
 * Por último puedes acudir a una empresa de gestión de siniestros para que sea
   ella la que se ocupe de gestionar tu asunto y tengas los mínimos problemas
   posibles con todo. Ellos se ocupan de gestionarlo todo con peritos y resto de
   profesionales para que cobres lo que realmente toca.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

NUESTRA RECOMENDACIÓN

Jamás te fíes de los operarios o industriales que te recomienden las
aseguradoras o los peritos. Generalmente, cuando alguien te recomienda a alguien
es por interés, y el caso de aseguradoras es porque les sale barato. En caso de
recomendación de peritos es porque es posible que haya alguna comisión de por
medio. Como ya recomendamos en un post anterior, debes acudir a ferreterías,
droguerías o almacenes de la construcción cercanos a tu casa y sean ellos los
que te recomienden industriales de confianza cerca de donde vives, que seguro
que los hay y de muy buenos. Es un poco más incómodo para ti, pero te aseguras
que las reparaciones que se hagan en tu hogar o empresa sean de óptima calidad
y, en caso de reclamación, no tengas problemas. Las cosas las deben hacer
profesionales con garantías puesto te ahorras un montón de disgustos.

 



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ClaimCenter2018-01-17 15:55:322020-12-11 17:03:04¿Qué cubre la garantía de daños
por agua en las viviendas, edificios, comercios o empresas?

73 replies
 1.  Rafa says:
     28 octubre, 2022 at 21:34
     
     Buenas noches perdonar si procede o no mandaros esta consultas ya que no
     estoy suscrito a nada vuestro y he encontrado de casualidad. Tengo un
     adosado comprado de hace 2 años de construcción nueva, a los 3 meses cae
     unas lluvias fuertes y tengo filtraciones que aparecen por un cuarto de
     baño y por la habitación contigua y no llega a tener más repercusión, se
     avisa a la constructora y miran y dicen que está todo bien. A los 6 mese
     cae el diluvio y provoca hinchamiento de las maderas del armario empotrado
     de la habitación. Mi pregunta es que después de avisar otra vez si se
     dignan a hacer cosas la constructora aún diciendo que están todo bien pero
     los daños ocasionados no se hacen cargo, de esto han pasado 6 meses más, a
     quien le reclamo ahora, a mi seguro o denuncio a la constructora? Gracias
     
     Responder
     
 2.  Jessica says:
     24 junio, 2022 at 22:52
     
     Hola, tengo un negocio en un casco histórico, estamos teniendo una fuga de
     agua en la cocina bastante importante el seguro nuestro ha venido y dice
     que no sabe de dónde viene, el local de al lado dice que no es suyo el
     problema y el de encima tampoco. Que se supone que debo hacer? Quién se
     tiene que hacer cargo de la reparación o cómo es el procedimiento a seguir?
     
     Responder
     
 3.  Lali says:
     18 junio, 2022 at 08:12
     
     Buenos días :
     Si el perito del seguro dicen la reparación que has de hacer porque has
     mojado a un vecino y eso el seguro no lo cubre ( por ser tuberías antiguas
     ) y luego resulta que no era el origen de las humedades del vecino , se
     puede hacer algo ?
     
     Responder
     
 4.  Jesus says:
     25 abril, 2022 at 17:40
     
     Hola
     
     Mi seguro ( BanSabadell Seguros Generales) no acaba de decir ( por telf ,
     sin carta ni nada ) que me rechazan el siniestro que ha ocurrido en mi
     vivienda por derrame de aguas y que ha afectado a tres viviendas en pisos
     inferiores . Me indican ( verbalmente ) que he realizado reformas en
     vivienda y por ese motivo ya no me cubre nada ( no responsabilidad civil )
     . En mi póliza no aparece nada de esta exclusión ( ni en las condiciones
     generales ni en las particulares ) . Como puedo reclamar este
     incumplimiento en garantías contratadas ? Gracias de antemano . Saludos
     
     Responder
     * Manuel José Serrano Domínguez says:
       3 enero, 2023 at 12:33
       
       Buenas tardes el pasado 12 diciembre por las fuertes lluvias mi vivienda
       se lleno de ahmgua ya que el bajante general a pesar de no estar roto no
       evacuada el agua necesaria e inundó los dos bajos.Tras un mes de
       conversaciones con madre me dicen que mi vivienda se abrió por exceso de
       agua de lluvia y que ellos hay no cubren nada….mi pregunta…su
       responsabilidad civil no me cubre unos daños causados porque la arqueta
       general no evacuo el agua necesaria para evitar el siniestro?gracias de
       antemano
       
       Responder
       
     
 5.  José says:
     14 abril, 2022 at 19:33
     
     Tengo un local alquilado desde hace 6 meses y un seguro de continente y
     responsabilidad civil inmuebles. Hace un mes se rompió un latiguillo del
     baño, lo que causó serios daños en la tarima flotante del local, hay que
     cambiarla toda.El caso es que el inquilino llamó a su seguro el día que fue
     conocedor (ya habían pasado dos días que el latiguillo estaba tirando agua
     según él, lo sabe porque hacía dos días que no iba), cambiaron el
     latiguillo y le dijeron que no le cubrían más porque la culpa de la
     inundación era la falta de mantenimiento. Pero a mí me avisó hace una
     semana, es decir, me avisó del siniestro tres semanas después. En mi seguro
     pone que tengo que dar parte en los siete días siguientes a tener
     conocimiento del siniestro, y lo hice así, el mismo día que tuve
     conocimiento di parte al seguro.
     En el contrato hay dos clausulas que me parecen importantes para el caso
     (al ser uso distinto a vivienda se pacta por voluntad de las partes):
     
     1.- «La arrendataria, a la firma del presente contrato, reconoce recibir el
     inmueble objeto del contrato a su entera satisfacción y conformidad sin que
     nada tenga que objetar ni reclamar, siendo de su exclusiva cuenta las
     reparaciones de atascos y desperfectos de inodoros, grifos, cristales,
     tuberías, desemboces de desagües, persianas, etc»
     
     2.- `[…]
     
     «También está obligado a poner en conocimiento de la propiedad, con la
     misma urgencia todas las reparaciones comprendidas en el num. 2 del art
     1554 del C.C.. En ambos casos será responsable de los daños y perjuicios
     que por su negligencia se ocasione a la propiedad»
     
     Entiendo que si me hubiera avisado en el mismo momento podría haber tomado
     precaciones para minimizar el daño a la tarima flotante
     
     Mi pregunta es:
     Se le puede achacar la responsabilidad civil al inquilino por las clausulas
     del contrato y por no avisarme a tiempo?
     
     Responder
     
 6.  Alfonso says:
     16 marzo, 2022 at 11:19
     
     Buenas tardes,
     Soy inquilino y hace un par de meses reventó el grifo de la ducha causando
     una inundación. La causa, según los peritos del seguro (del casero) fue una
     junta de plástico que se había deshecho por el tiempo y uso hasta que la
     presión del agua la hizo saltar.
     
     La consecuencia más directa fue que hay que cambiar todo el suelo de la
     casa, pero de eso el seguro ya se va a hacer cargo íntegramente.
     
     El problema está en que cambiar el suelo van a ser varios días y tanto mi
     pareja como yo hemos tenido que cogernos días (ella autónoma, yo
     teletrabajo) en el curro para poder estar en casa durante las obras. Mi
     pregunta es si estos días son indemnizables por el seguro (estoy perdiendo
     casi un cuarto de mis vacaciones).
     
     Muchas gracias
     
     Responder
     
 7.  perla calderon says:
     7 diciembre, 2021 at 17:03
     
     hola, duda
     el asegurado es la plaza comercial y un locatario le reporta daños al
     asegurado por por agua de lluvia que ingreso a traves de la puerta
     principal y resulto con humedad su zoclo, en la puerta y exteriores no se
     observa nada por donde pudiese ingresar el agua.
     el asegurado osea la plaza comercial es responsable??
     
     Responder
     
 8.  David says:
     3 diciembre, 2021 at 22:29
     
     Hola ClaimCenter tengo un piso alquilado y lamentablemente en el piso de
     arriba se ha producido un incendio (con una victima mortal) y para
     sofocarlo los bomberos lógicamente usaron agua y me han provocado un montón
     de filtraciones y humedades etc..
     Por ahora de mi seguro solo he conseguido que viniera digamos un técnico y
     que el perito no estaba disponible hasta dentro 20 días y que debíamos
     esperar a que salga todo el agua la verdad que cada día va saliendo más.
     Por cierto es BBVA-ALLIANZ (no sé si se puede decir marcas).
     Del seguro del piso incendiado (MAPFRE) se limita a decirme que mi seguro
     se ponga en contacto con ellos y ya con el número expediente se pondrán en
     contacto y empezarán negociar.
     Sé que con el tiempo los daños se repararán pero lo que me preocupa es mi
     inquilina la pobre chica está muy preocupada porque la casa con todas esas
     humedades y olor a quemado y no poder ventilar bien la casa en medio del
     invierno que hace un montón de frío hace la vivienda inhabitable.
     Mi pregunta es si me seguro cubre mientras se repara los daños un hotel o
     similar para la chica (viendo las clausulas dice que si el siniestro esta
     cubierto por las garantías de esta póliza lo cubre) pero no tengo claro si
     es para el propietario (yo) o la inquilina puede beneficiarse también.
     
     Y por otra parte si pierdo el alquiler y la chica decide irse tengo una
     cobertura para cubrirlo mientras lo reparan y lo hacen habitable o como
     funciona.
     
     Gracias por todo.
     
     Responder
     
 9.  Cecilia says:
     25 noviembre, 2021 at 12:02
     
     Buenos dias,
     compré mi piso con Hipoteca y seguro del hogar asociado a la misma tal que
     un 20/08/2020 .( por cierto , el seguro tiene fecha de 3/09/2020….)
     El 7/09/2020 me avisa un vecino de filtraciones por agua y doy parte a mi
     seguro.Vienen a peritarlo.
     Bien, pues el 23/11/2021 ( mas de un año despues),me comunica mi seguro que
     no cubren los daños por preexistencia, se agarran a que el vecino asegura
     que hacia mas de un mes ya tenían manchas de humedad.( y me lo creo)
     Efectivamente en las tuberías del baño habia fugas que ya reparé por mi
     cuenta (cambie toda la fontanería de la casa).
     Tengo que hacerme cargo yo de la reparacion del vecino?
     No se como proceder ya que es un daño que yo no podia preveer pero se ha
     demostrado que existía antes de que yo comprara la casa.
     Muchas gracias
     
     Responder
     
 10. María Jesús says:
     22 octubre, 2021 at 10:30
     
     Buenos días,
     
     El vecino de arriba me ha causado daños por agua en el techo y paredes. Su
     seguro no lo repara, nos dicen que lo repare nuestro seguro y después le
     reclame los gastos.
     En mi seguro nos dicen que si no paganos la franquicia de daños por agua no
     lo reparan.
     Exactamente pone en la póliza lo siguiente:
     “Daños materiales y directos causados a los bienes asegurados por escapes
     accidentales de agua procedente de conducciones a primer riesgo”
     Tenemos que pagar la franquicia aunque los daños sean causados en nuestra
     casa por un tercero?
     Muchas gracias,
     Un saludo
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       25 octubre, 2021 at 15:45
       
       Para evitar problemas repara, pasa la factura a tu seguro y:
       1. Reclama la reparación íntegra a tu seguro por la garantía de daños
       propios
       2. Lo que no te pague tu seguro (franquicia, infraseguros,…), solicitales
       que, por la garantía de Reclamación de Daños o Protección Jurídica,
       reclamen al contrario el importe que no te haya indemnizado tu propio
       seguro.
       
       Responder
       
     
 11. Ramon says:
     20 agosto, 2021 at 09:23
     
     Hace unos dias la propietaria del local de abajo me llamo pues se
     desplomaron unas placas del techo y empezo a caer agua , despues de mirar,
     vimos que se filtraba de mi piso, rotura de una tuberia que alimenta la
     caldera empotrada a la pared, cerre mi agua, di parte al seguro de la
     comunidad , pero llevo 3 dias sin agua y me dicen que no localizan en su
     red a un técnico para desarmar la caldera, pues los tubos pasan por detras
     , hoy es dia 20/8 y esta por caer el fin de semana , serian 5 dias ya sin
     agua , que derechos tengo o que puedo hacer ? mandar a buscar un técnico
     que tengo cerca de mí debidamente especializado en calderas para que luego
     podamos abrir la pared , sin autorización de la Cia.? tengo suerte de un
     vecino que me va dando cubos de agua para el lavabo, pero no puedo hacer
     nada mas.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       24 agosto, 2021 at 11:39
       
       Las aseguradoras deben indemnizar en virtud de unos derechos recogidos en
       los contratos de seguro. También deben y como responsables civiles
       subsidiarias de los daños causados por terceros.
       Las aseguradoras no tienen autoridad en la vivienda de nadie, por lo que
       recae en el propietario del bien, o sea usted, realizar las operaciones
       de reparación de los objetos afectados y del salvamento de aquellos que
       no sufrieron daños.
       Moraleja: Ustedes lo arreglan todo y el seguro paga lo que por contrato
       corresponda. Por tanto son ustedes quienes deben buscarse la vida para
       resolver el tema y luego reclamar el coste al seguro.
       
       Responder
       
     
 12. Miguel says:
     27 julio, 2021 at 20:50
     
     Buenas noches.
     Hemos sufrido en nuestro negocio (tienda) una fuga de agua proviniente del
     vecino que tenemos encima.
     El asunto está por reparar y estamos esperando tanto los operarios de la
     compañia del vecino como el peritage de los desperfectos.
     Esto sucedió el pasado lunes, inicio de nuestras vacaciones. Debido a este
     percance no vamos a poder realizar nuestras vacaiones previstas a partir
     del mismo lunes, día del siniestro. Queríamos viajar en coche por el norte
     de España por un periodo de dos semanas.
     Se puede reclamar indemnización por «perdida de tiempo», es decir, por la
     imposibilidad de disfrutar de mi tiempo de vacaciones debido a este
     siniestro?
     Saludos y gracias.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       29 julio, 2021 at 10:43
       
       Si se generase algún gasto, daño emergente cuantificable o pérdida de
       dinero como por ejemplo reservas de hoteles o billetes de avión
       adquiridos, sí que deberían indemnizarlo. En caso contrario no.
       
       Responder
       
     
 13. Mangue says:
     25 julio, 2021 at 23:32
     
     Hola. Desgraciadamente no tengo contratado seguro. Vivo en un quinto y
     hemos tenido una avería. El inquilino del piso cuarto no dio aviso y hasta
     que no llegó el agua al tercero no supimos que había un problema. El mismo
     día que la vecina del tercero nos lo comunicó vino el fontanero y reparó la
     avería. Una semana después resulta que el agua ha llegado hasta el primero.
     Siendo que el del cuarto no nos avisó, ¿Somos responsables del daño de los
     cuatro pisos? Considero que parte de la responsabilidad la tiene mi vecino
     por no comunicárnoslo hasta que el acumulo de agua llegó al tercero…¿Estoy
     equivocada? Gracias por su atencion
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       27 julio, 2021 at 12:31
       
       Lamentablemente la culpa la tienen ustedes. Si hubieran tenido un seguro
       que cubriera su responsabilidad civil derivada de fugas de agua, entre
       otras cosas, lo cubriría.
       Pueden mirar si existe un seguro comunitario y si ese seguro cubre los
       daños a terceros derivados de fugas de agua procedentes de instalaciones
       privativas. Si fuera así, sería la garantía de responsabilidad civil de
       la comunidad la que se haría cargo de los daños causados a terceros y
       ustedes se «salvarían» de pagar los daños a terceros. Si no es así,
       deberán prepararse para las reclamaciones que les vendrán.
       
       Responder
       
     
 14. David says:
     4 junio, 2021 at 01:50
     
     Hola buenas tardes, hoy 4/6/2021 me percate de una fuga de agua, me
     explico, vivo en una vivienda unifamiliar independiente donde el contador
     de agua lo tengo un poco alejado de la vivienda a unos 150 metros; la
     tuberia de abastecimiento estaba a esa distancia y bueno se hizo en ese
     lugar el armario del contador de agua; pues hoy en el tramo que va desde el
     contador a mi casa encuetro un charco de agua, me dispongo a comprobar si a
     perdida y efectivamente hay perdida, mi duda es la siguiente en la poliza
     que tengo con Helvetia Seguros dice los siguiente:
     
     Daños por agua Filtraciones/Conservación 191.062,02 € 30.330,00 €
     Lluvia e Inundación 191.062,02 € 30.330,00 €
     Goteras y Filtraciones 191.062,02 € 30.330,00 €
     Filtraciones por defecto en el sellado de juntas
     en aparatos sanitarios 300,00 € –
     Reventón de conducciones 191.062,02 € 30.330,00 €
     Reventón de aparatos 191.062,02 € 30.330,00 €
     Omisión de cierre de grifos 191.062,02 € 30.330,00 €
     Búsqueda, localización y reparación 191.062,02 € –
     Conservación conducciones de agua:
     – Fontanería urgente sin daños 200,00 € –
     – Goteras y Filtraciones de las conducciones 191.062,02 € 30.330,00 €
     – Desatasco de conducciones residuales 300,00 € –
     Exceso consumo de agua por escapes 1.000,00 € –
     Bienes de terceros
     mi duda es si la aseguradora se hara cargo del siniestro?
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       4 junio, 2021 at 10:51
       
       Depende de lo que digan las condiciones generales específicas del seguro.
       Tú nos has expuesto parte de las cláusulas delimitativas (riesgos y sumas
       aseguradas). Ahora falta ver el siniestro y las cláusulas que limitan los
       derechos del asegurado.
       Puedes plantear el siniestro a la aseguradora y que actúen a ver qué
       pasa. Si resulta que tienes problemas luego puedes contratar nuestro
       servicio de asesoramiento y mandarnos fotos y el contrato íntegro para
       ver si tu caso puede resolverse de otro modo.
       
       Responder
       
     
 15. Maria says:
     27 mayo, 2021 at 21:01
     
     Hola! Hace 3 años compramos una casa adosada y poco después nos percatamos
     qué tenía humedades, después de pagar un tratamiento de humedad todavía yo
     veía cómo el porche seguía con humedad y me dicen la empresa de humedad qué
     es por capilaridad del suelo y ellos no lo arreglan , después de ver qué
     por unos agujeros qué ellos hicieron salía agua y después de mucho
     investigar nos viene un lampista y abre la pared y la sorpresa es qué el
     tubo de desagüe de la cocina está totalmente rajado. Hemos gastado un
     pastizal en tratamiento de humedad y lo peor nuestros vecinos igual qué
     nosotros y resulta qué tenemos una fuga de agua por el desagüe, a lo qué
     iba es qué sí pasó parte a mí seguro de hogar sé harían cargo al menos del
     daño causado a los vecinos? Pues no sé sabe desde cuando está roto este
     tubo, al igual ya estaba así cuando compramos la casa.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       3 junio, 2021 at 08:26
       
       Deberán reclamar ese «pastizal» y los daños colaterales a esa empresa de
       tratamiento de humedad por responsabilidad civil profesional por haber
       realizado un mal diagnóstico del problema y, por ende, un tratamiento
       inadecuado fruto de un mal diagnóstico.
       Si se tratara de un tema médico estaríamos hablando de un mal diagnóstico
       de la enfermedad y por ende, mala prescripción o tratamiento médico
       inadecuado. Se trataría de una negligencia médica reclamando daños y
       perjuicios al facultativo. En su caso se trata de una negligencia
       profesional de la empresa de tratamiento de humedades quienes deberían
       haber comprobado si las humedades tenían su origen en la capilaridad del
       suelo o de una tubería de desagüe rota, como es el caso.
       Si usted tiene un seguro del hogar podrá reclamar los daños fruto de la
       rotura del desagüe si el tema no ha prescrito, el hecho no ocurrió antes
       de la contratación del seguro y además tiene cobertura contractual. Y si
       la acción de reclamación de daños no ha prescrito y quedan cubiertas las
       reclamaciones contractuales, por la garantía de «protección jurídica» del
       seguro del hogar podrá reclamar «el pastizal» a la «empresa que resuelve
       humedades por capilaridad».
       
       Responder
       * Maria says:
         8 julio, 2021 at 19:15
         
         Lo más fuerte es qué ahora a nuestros vecinos qué también sé lo
         hicieron y por lo tanto no teníamos la menor idea de qué era por esto .
         Total los seguros no se ponen de acuerdo y aquí estamos esperando quién
         paga esto .
         
         Responder
         * ClaimCenter says:
           16 julio, 2021 at 10:23
           
           Si queréis resolver el tema debéis realizar los siguiente:
           1. Haced un peritaje y reparad los daños
           2. Reclamar al seguro que corresponda los daños propios y/o los daños
           a terceros de cada vecino como afectados en el incidente.
           3. Reclamad los trabajos inútiles que la empresa de humedades os
           realizó por ser improcedentes.
           
           Responder
           
         
       
     
 16. Lidia says:
     28 abril, 2021 at 13:44
     
     Hola, se nos rompio una tuberia del vaño y eo seguro envio a una empresa
     que lo único que hizo fue romper la pared y cuando vio la tuberia dijo que
     ellos con esa tuveria no trabajaban y que teniamos que hacer una reforma
     total del baño para cambiar toda la instalación. Dicha reforma tendriamos q
     pagar nosotros. Se fueron y nos dejaron sin agua en la casa porque la
     tuberia estaba rota.
     Nos vimos obligados a llamar a otro profesional que vino y reparó la
     tuberia.
     Y le pagamos la factura que nos presentó.
     Se la presentamos a nuestro seguro y desde siniestros nos responden lo
     sigueinte:
     
     Acusamos recibo de factura de la reparación realizada, pero el siniestro
     fue rehusado por defecto de instalación de la tubería de alimentación al
     ser de pvc que no es el material adecuado para esta instalación.
     Para estudio de la factura rogamos aporten fotos acreditativas de las
     reparaciones realizadas.
     
     Que tengo que hacer para que la asegurador pague el importe de la factura
     que yo pagué
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       3 mayo, 2021 at 14:49
       
       ¿De qué aseguradora se trata?
       
       Responder
       
     
 17. Maria says:
     16 marzo, 2021 at 09:52
     
     Buenis días, el caso esek siguiente:
     Se le rompió una llave de paso al vecino del segundo y al no estar en su
     casa se le inundó el piso, el agua también salió al rellano de la escalera
     e inundó el ascensor el cual se averió y luego se tuvo que pagar el arreglo
     ya que era importante que funcionara ya que en los pisos superiores viven
     personas con discapacidad. Pues bien el seguro del vecino solo se hace
     cargo de pagar la mitad de la factura y el vecino dice que el no va a
     abonar el resto de la factura. Puede hacerlo?
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       22 marzo, 2021 at 11:54
       
       Si el vecino tiene un seguro que cubre su responsabilidad civil, ese
       seguro debe cubrir el 100% de la reparación del ascensor.
       Demanden al vecino y a su aseguradora de responsabilidad civil por el
       importe de la parte de la factura de reparación no sufragada y utilicen,
       si la tienen, la garantía de Reclamación de Daños del seguro de la
       comunidad. Pueden asignar ese tema a una empresa como ClaimCenter y que
       el importe de la reclamación vaya a cargo del seguro de la comunidad.
       
       Responder
       
     
 18. jose says:
     2 marzo, 2021 at 09:51
     
     Buenos días:
     
     Tengo las paredes pintadas en alta decoración debido a una rotura de una
     tubería se ha estropeado la pintura por el agua. La compañía pretende
     indemnizarme el mínimo, ¿tengo derecho a que se me indemnice por el coste
     de la pintura de alta calidad o al precio que marque el mercado de una
     pintura normal?
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       15 marzo, 2021 at 09:11
       
       Por supuesto. Si las sumas aseguradas en el contrato son correctas, a
       usted deben indemnizarle su preexistencia, que son los daños en pintura
       de alta calidad.
       No es posible asegurar una motocicleta y que en caso de siniestro le
       repongan un patinete. Debe reponerse la preexistencia que es el objeto
       del seguro.
       
       Responder
       
     
 19. FRANCISCO says:
     11 febrero, 2021 at 15:10
     
     Hola,
     He tenido una rotura de una tubería en el jardín de mi chalet por la nieve
     que llevo sin visita 20 días y durante ese tiempo ha estado inundándose
     toda la parcela y parte del garaje del vecino. La factura de agua asciende
     a 1.700 € y la compañía me ha mandado a un fontanero a reparar la tubería y
     valorar los daños del vecino.
     Quisiera saber si puedo reclamar a la compañía de seguro los gastos por el
     consumo de agua y cómo proceder. Gracias.
     
     Un saludo.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       17 febrero, 2021 at 15:28
       
       En principio solo quedan cubiertos los daños materiales aunque debería
       estudiarse su contrato ya que en ocasiones sí cubre el consumo de agua
       excesivo
       
       Responder
       
     
 20. María says:
     5 febrero, 2021 at 00:05
     
     Hola!
     Tengo un problema en un apartamento. El 6 de Enero el vecino de abajo nos
     llamó y nos dijo que le caía agua por la entrada. Nosotros habíamos cerrado
     el apartamento (llave general del agua también) en Septiembre y no habíamos
     vuelto desde entonces. Cuando fuimos el 6 de enero nos encontramos el
     apartamento con agua, por la entrada y por la cocina, con la parte de abajo
     de los muebles de cocina hinchada por la humedad, pero sin más daños.
     No tenemos seguro. El hecho es que tanto el seguro de la comunidad, como el
     del vecino de arriba, como el del vecino de abajo (el principal
     perjudicado) han decidido que la culpa es nuestra (los únicos sin seguro),
     aunque se han hecho pruebas (llenar fregaderos y bañera y destapar), hemos
     pasado algún día en el apartamento, haciendo vida normal, y no ha vuelto a
     salir más agua desde el 6 de enero. No se ha abierto por ningún sitio para
     detectar el escape, que entiendo es lo primero que se tendría que haber
     hecho.
     No nos negamos a pagar si la culpa ha sido nuestra, pero entendemos que no
     se ha demostrado. Ahora dicen que se nos pudo caer un cubo de agua (aunque,
     como he dicho, no estábamos) o que pudimos dejar algún grifo abierto, pero
     la llave del agua estaba cortada… Eso no sé cómo lo podemos demostrar. No
     entiendo mucho del tema, pero es raro que si hay un escape no haya vuelto a
     salir agua y si no hay un escape, ¿de dónde ha salido el agua? Porque
     nosotros tenemos la certeza de haber dejado la llave del agua cortada y
     obviamente nadie tiró agua porque no había nadie en el apartamento.
     La verdad es que no sé qué podemos hacer. La idea es contratar a un perito
     para que haga un informe y al menos tener algo para presentar si nos
     demandan. De momento sólo nos ha llamado el vecino para ver si podemos
     llegar a un acuerdo, pero nos ha dicho que mañana el seguro nos hará alguna
     comunicación. ¿Nos pueden reclamar daños sin tener claro el origen de la
     fuga? El vecino de abajo hizo fotos de nuestro apartamento con agua y eso
     dice que es una prueba de que somos los culpables. Estuvo muy ágil con las
     fotos, que ni nos enteramos que hizo… En fin… fallo no tener seguro, pero
     tengo la sensación de que se nos está culpando sin tener culpa.
     Agradecería me indiquéis cómo proceder.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       12 febrero, 2021 at 11:57
       
       En principio el reclamante debe tener pruebas de que sois los culpables
       del incidente pero si hay peritos que dicen cosas que os incriminan es
       peligroso ya que los jueces suelen hacerles caso. Deberíais contratar a
       un perito para que analice el asunto y esclarezca el tema.
       En principio parecéis inocentes, pero sin una intervención pericial es
       difícil de resolver tu caso.
       
       Responder
       
     
 21. Eugenio says:
     31 enero, 2021 at 21:31
     
     Hola.
     He tenido goteras por las nieves, las heladas y el resultado ha sido que,
     aparte de las goteras en dos habitaciones, ha caído sobre un colchón en una
     de ellas.
     Personado el perito de Mutua Madrileña e informada laMutua del siniestro,
     me dicen que pintaran el techo pero que no se hacen cargo del colchón (que
     ha quedado como podeis imaginar).
     
     Tengo que reclamar con derecho a indemnizacion o reparación del daño? O me
     tengo que aguantar y cambiar de seguro cuando venza el que tengo con ellos,
     ya que no me parece correcta su actuación.
     
     Tengo que decir que por algunas otras desavenencias con La Mutua, con la
     que tenia el seguro de cinco coches y y cinco casas (pago lo de mis hijas
     también) se van disminuyendo las polizas contratadas según me van poniendo
     pegas.
     
     Gracias y espero una respuesta, aunque sea negativa.
     
     Saludos
     
     Eugenio
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       10 febrero, 2021 at 09:15
       
       Para reclamar esto debe proceder al trámite pericial recogido en el
       artículo 38 de la Ley 50/80 de Contrato de Seguro. Lo que pasa es que le
       saldrá mucho más caro acogerse a ese trámite que no tirar la toalla y
       comprar otro colchón con su dinero. Para otra vez, diga a su aseguradora
       que sea ClaimCenter quien perite sus daños. Hacemos las cosas de manera
       rigurosa.
       
       Responder
       
     
 22. Beatriz says:
     12 enero, 2021 at 16:46
     
     Hola!
     he tenido una inundación en casa por una fuga de la vecina de arriba.
     Quedamos que la tramitación se haría por reclamación de mi seguro. Cuando
     he pasado el presupuesto del contratista me lo admiten todo, pero en el
     suelo de parquet hay discrepancias. Me quieren abonar sólo la zona
     afectada, de esta forma se notaría la zona cambiada, puesto que no es
     posible cambiar ese trozo sin dejar cortes. Si quiero dejarlo como está
     ahora tengo que abonar yo el cambio de dos de los dormitorios puesto que
     ellos no se hacen cargo, al no estar directamente afectados por los daños,
     y ser el coste del suelo muy superior a la cantidad que me proponen por
     daño estético.
     Pueden hacer eso?? Tengo yo que pagar para poder dejar mi casa como estaba
     antes de la inundación??
     
     Un saludo
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       18 enero, 2021 at 15:33
       
       A usted todo el siniestro se lo debería pagar el vecino de arriba o el
       seguro de responsabilidad civil de éste, tanto el daño estético como el
       directo. Con la garantía de Reclamación de Daños de su seguro del hogar
       puede contratar a una empresa como ClaimCenter para realizar esa
       reclamación.
       Si usted reclama por garantía directa de su seguro del hogar, éste solo
       se hace cargo de una serie de garantías contratadas, pero no de todos los
       daños causados por el responsable del incidente.
       Otra cosa es que su aseguradora pague la parte de los daños cubiertos y
       los que no cubre su aseguradora los reclame a la aseguradora de su vecina
       por la garantía de Defensa Jurídica y Reclamación de Daños.
       Si no sabe o no entiende cómo hacerlo contacte con nosotros.
       
       Responder
       
     
 23. Victor says:
     6 enero, 2021 at 19:52
     
     Hola muy buenas noches,
     
     Hemos comprado un piso de obra nueva que nos han entregado el día 21/12. El
     día 28/12 se reventó un radiador (por una tuerca mala apretada) inundado
     todo el piso, dañando suelo (tarima), paredes, armarios, etc. La
     constructora y la promotora están respondiendo muy lento pero insinúan que
     solo cambiarán el suelo, cuando evidentemente hasta las paredes(pladur) han
     estado sometidas a una humedad brutal y ha perdido prioridades. ¿Puedo
     pedir a mi seguro de hogar asistencia en esta situación? Tanto pericial
     como jurídica?. Es Mapfre
     
     Gracias y saludos!
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       7 enero, 2021 at 12:25
       
       Hay varias posibilidades DEPENDIENDO DEL CONTRATO DE SEGURO que tengas:
       La primera y la mejor es que MAPFRE pague íntegramente por garantía
       directa de daños por agua y luego recobre al constructor por
       Responsabilidad Civil Post trabajos de éste.
       La segunda y menos recomendable y larga es activar la garantía de Defensa
       Jurídica y Reclamación de Daños de MAPFRE para que tramite la reclamación
       extrajudicial del percance, y judicial si es preciso.
       En cualquier caso la fecha del siniestro debe ser posterior a la fecha de
       efecto del contrato de seguro del hogar que tengas.
       La tercera y en caso de falta de garantías sería plantear una reclamación
       contra el constructor y/o promotor por haberte vendido un inmueble con un
       vicio oculto que provocó unos daños de cierta entidad, pero en este caso
       deberías ser tú quien soportara los costes de reclamación.
       En todos los casos puedes proponer a MAPFRE que sea ClaimCenter quien se
       ocupe de tramitar tu caso o tú mismo.
       
       Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusieras
       una reseña en google. Gracias
       
       Responder
       * Victor says:
         6 febrero, 2021 at 16:13
         
         Hola! muchas gracias por vuestra respuesta. Ya he hecho la reseña en
         Google ;). Mi seguro de hogar con MAPFRE es muy básico y no incluye la
         Defensa Jurídica, y no me ofrecieron ningún tipo de solución. La
         Promotora está respondiendo pero muy lentamente, y una vez levantado el
         suelo de la vivienda y desmontado de armarios, está completamente
         inhabitable, por lo que estamos viviendo en casa de un familiar.
         Quisiera asesoría jurídica para reclamar daños y perjuicios en esta
         situación tan lamentable que estamos viviendo, ¿Me podéis ayudar con
         esto? Gracias!!
         
         Responder
         
       
     
 24. Marina says:
     4 enero, 2021 at 23:06
     
     Buenas noches,
     Tengo humedades en mi casa por filtraciones desde la fachada. En el
     dormitorio hay bastante humedad, incluso en el arcón de la cama y objetos
     que guardamos dentro también (como maletas). La comunidad de vecinos va a
     reparar las filtraciones de la fachada y el seguro los daños de nuestra
     vivienda. Nuestra duda es, los objetos dañados como el arcón de la cama y
     las maletas también se tienen que hacer cargo ellos?? Cómo funciona?
     Muchas gracias. Un saludo
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       7 enero, 2021 at 12:26
       
       Sí, tu caso es un claro ejemplo de filtraciones a través de la fachada,
       debido a la falta de mantenimiento de la misma por parte de la comunidad
       de propietarios, que provocan humedades en el interior de tu vivienda
       afectando la misma.
       Obviamente la comunidad de propietarios es responsable de esos daños por
       no haber realizado las operaciones de mantenimiento necesarias en su
       tiempo, y por tanto, es responsable civil de todas tus pérdidas.
       Si la comunidad dispone de un seguro que cubra su responsabilidad civil,
       ese seguro debe cubrir todos tus bienes. Por tanto deberíais comunicar un
       parte de accidentes a la aseguradora de la comunidad para que atienda tu
       caso.
       Tu seguro del hogar debería tener una cobertura denominada Defensa
       Jurídica y Reclamación de Daños, Protección Jurídica o algo similar.
       Mediante esa garantía tu aseguradora debe pagarte los honorarios de los
       profesionales (peritos y/o abogados) que tú escojas, como podría ser
       ClaimCenter, para que gestionen tu reclamación a la comunidad de
       propietarios, o a su seguro de Responsabilidad Civil.
       En ambos casos (tanto para la garantía de Defensa y Reclamación Jurídica
       de tu seguro del hogar como para los peritos que vengan por parte de la
       comunidad) puedes plantear a todas las aseguradoras que quieres que sea
       ClaimCenter quien se ocupe de peritar y gestionar tu caso con cargo
       íntegro de nuestros honorarios a las aseguradoras. De este modo te
       aseguras que las cosas se hagan de manera correctamente y de manera
       imparcial.
       
       Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusieras
       una reseña en google. Gracias
       
       Responder
       
     
 25. Paco says:
     26 noviembre, 2020 at 11:07
     
     Hola, la vecina de abajo tenía humedades e el baño, llame a mi seguro y el
     operario comenta que es un problema de montaje de la bañera (cuando lleva
     montada más de 10 años y no ha dado ningún problema) que al estar dentro de
     ella se separa un poco de la pared y por ahí se cuela al agua. Por lo tanto
     dice mi seguro que no se hace cargo de la reclamación.
     Tengo alguna manera de reclamar?
     Gracias de antemano.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       17 diciembre, 2020 at 08:12
       
       Si usted no sabe si es cierta la versión del seguro, lo que debe hacer es
       contratar a un perito para que emita un dictamen y reafirme la versión de
       la aseguradora o bien vea que el origen es de otra causa obviada por la
       aseguradora. Dado el caso que nos encontráramos en este segundo
       escenario, el caso sería reclamar a la aseguradora en base al informe
       pericial realizado por el perito contratado por ti.
       
       Responder
       
     
 26. Antonio says:
     30 agosto, 2020 at 13:02
     
     el local de encima de mi cochera ha tenido rota una tubería de agua, el
     cual me ha causado daños al vehículo, la cual ha estado cayendo varios días
     sobre la pintura del vehículo, el seguro reparo la avería y atraves de mi
     seguro de vehículo he reclamado a la compañía del local pero no hacen caso
     del mismo, el seguro del vehículo dice que vaya a los tribunales que ellos
     me pagan el abogado siempre que gane si pierdo me toca pagarlo a mi, es
     ciero para que esta el seguro???
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       2 septiembre, 2020 at 07:42
       
       Debería estudiarse su contrato pero en general no es cierto. Si alguien
       le causa un daño, la garantía de Defensa Jurídica y Reclamación de Daños
       está para cubrir los honorarios profesionales para realizar una
       reclamación.
       Las reclamaciones judiciales pueden ganarse o perderse, pero si el caso
       es viable y no es temerario, la aseguradora de Defensa Jurídica y
       Reclamación de Daños, hasta el límite del capital asegurado, deberá hacer
       frente tanto a los honorarios de su parte como a las costas de la parte
       contraria en el caso de perder el pleito.
       
       Responder
       
     
 27. Luis says:
     20 julio, 2020 at 19:02
     
     Hola, tengo una pared de aparcamiento exterior comunitario colindante con
     mi jardin con seto y dado que se riega con frecuencia incluso a veces nos
     dejamos abierto el grifo, se ha venido abajo parte de la pared que está con
     cota inferior a la tierra del jardin. Tengo seguro comunitario y privado
     con Allianz que cubre daños por acción del agua y mi pregunta es si me
     cubre el seguro. Gracias por su atención
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       28 julio, 2020 at 07:43
       
       Antes que nada debería acudir un buen perito para que emitiera un informe
       para determinar las causas, circunstancias, consecuencias del accidente y
       estableciera la relación causa-efecto. Una vez determinada su
       responsabilidad y el alcance de la misma, la garantía de responsabilidad
       civil de la comunidad y/o su seguro particular del hogar (se deberían
       estudiar los contratos de seguro) pagaría la indemnización a los
       perjudicados de aquello de lo cual usted se hubiera determinado como
       responsable.
       
       Responder
       
     
 28. José Antonio says:
     15 julio, 2020 at 20:03
     
     Buenas tardes: Tengo un seguro con Mapfre para una casa en Madrid. El
     seguro contempla daños estéticos y por agua además de los de
     responsabilidad civil. Hace unas semanas tuvimos una avería en una bañera
     que perdía agua y daño a dos vecinos de abajo ya que nuestro piso está por
     encima de los dos. La avería en uno de ellos es muy poca, pero el otro día
     (ya seca la pintura) le visito el pintor de Mapfre y este vecino le exigió
     pintar que la dejase esa pared de «exactamente» el mismo color que la otras
     tres a lo que el técnico le dijo que eso era imposible y se marcho. Este
     vecino nos ha pasado una carta diciéndonos que tenemos que pintarle toda la
     habitación nosotros (requerimiento a través de abogado). Hable con Mpafre y
     me han dicho que nuestra póliza cubre los daños estéticos de nuestra casa
     (cosa que ya hicieron) pero no los daños estéticos del vecino, que ellos
     pintan solo la pared y el techo afectado lo más parecido pero que no pintan
     toda la habitación, que eso serían daños estéticos y que para eso este
     señor tiene que llamar a su seguro y pedirle que le reparen los daños
     estéticos: Me parece que esto va a acabar con este vecino denunciandonos
     para que arreglemos nosotros todo, o sea, que paguemos nosotros de nuestro
     bolsillo el pintar toda la habitación. ¿Qué se hace? Esperar a su denuncia
     y llamar a Mapfre y que se arreglen entre las dos compañías?? Es que ya
     sería surrealista que tuviéramos que pagarle nosotros la reparación
     teniendo un seguro que supongo que la responsabilidad civil está para eso.
     ¿Me puede dar su opinión??. Muchas gracias,
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       17 julio, 2020 at 12:31
       
       Si su seguro del hogar (MAPFRE) dispone de la garantía de Responsabilidad
       Civil, esa aseguradora debe cubrir todos los daños a terceros según lo
       establecido en los artículos 1902 al 1910 del Código Civil español. Y
       puesto los daños estéticos son un daño como el propio nombre indica, la
       aseguradora debe cubrir no solo la pared afectada sino la pérdida de
       armonía estética de su vecino.
       Cuando se producen estas situaciones no deseadas lo mejor es que el
       perjudicado reclame por medio de su aseguradora a su aseguradora de
       Responsabilidad Civil (MAPFRE) contratando a profesionales por la libre
       designación de profesionales por la garantía de «Reclamación de Daños» o
       bien la aseguradora de daños propios del tercero pague los daños
       (incluidos los estéticos) y recobre a MAPFRE.
       
       Responder
       
     
 29. Loli says:
     31 marzo, 2020 at 15:51
     
     Buenas tardes,
     El 31 de agosto firmé compra de un piso en el que vivimos desde mediados de
     Septiembre, el seguro lo contraté con el banco en el mismo momento de
     firmar hipoteca. El 2 de diciembre mi vecina del bajos me picó a casa por
     un problema de humedades en su comedor (yo vivo en un 2ºpiso, y el único
     que es distinto es el bajos que coincide su comedor con el baño del resto
     de vecinos). Avise al seguro, que vino y verificó que la avería es nuestra,
     de un bajante que está por dentro del piso del vecino del 1º. Primero
     rompieron una parte de la estética de mi baño y finalmente abrieron el
     techo del vecino del primero. El resultado es que mi seguro dice que me
     cubre la estética, pero que no cubre el arreglo a los vecinos y que ellos
     tienen que reclamar a mi compañía para que juntos vayan a reclamar al
     anterior propietario, porque se entiende que la avería es por el mal uso
     del anterior propietario. No sé si esto es así, pero a mi me ocasiona
     problema con mis vecinos, ya que ellos tienen cada uno un agujero en su
     techo y mi seguro no les dice nada. ¿cómo puedo actuar? ¿hay una carencia
     para el que el seguro cubra ciertos daños?
     Gracias
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       1 abril, 2020 at 12:31
       
       Si lo que dices es cierto, que no lo dudamos en absoluto, se trata de una
       aseguradora timadora o un perito corrupto. Parece que tienes un seguro
       del hogar que cubre los daños propios materiales y a terceros provocados
       por fugas de agua cuyo origen es una tubería. Queda constatado que el
       elemento que provoca el daño (tubería de agua rota) es de tu propiedad.
       El resultado es que tu seguro debe hacerse cargo de todo, tanto de tus
       daños como de los perjudicados.
       Otra cosa es que el tubo causante del accidente fuera comunitario, donde
       sí que sería el seguro de la comunidad, o cada seguro particular de cada
       una de las viviendas, el que debería ocuparse de indemnizar los daños a
       cada uno de los vecinos. Pero esta opción queda descartada porque, como
       dices, la tubería origen del accidente es de tu propiedad.
       Para resolver eso, si tu seguro pone excusas a tus vecinos con argumentos
       con el objeto de engañaros y lucrarse dejando de pagar lo que corresponde
       a cada uno, no hay más remedio que cada uno de los vecinos arregle por su
       cuenta y realice directamente la reclamación a su seguro y ésos seguros
       reclamen al tuyo por la garantia de responsabilidad civil.
       
       Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusiéras
       una reseña en google. Gracias
       
       Responder
       * Loli says:
         1 abril, 2020 at 14:09
         
         Muchas gracias por su respuesta, de verdad es de agradecer porque estoy
         bastante confusa con el tema y no sé como actuar.
         La tubería es de mi baño y no comunidad. A lo que se agarra mi seguro
         es que esa tubería (a pesar de que yo llevaba 3 meses ya en el piso)
         pertenece al anterior propietario, porque entienden que es del mal uso
         del propietario anterior. Y me dicen, que gracias que van a asumir el
         arreglo de mi baño pero que los vecinos lo tendrá que asumir el seguro
         del anterior propietario.
         Sinceramente, estoy muy sorprendida y perdida, ya que no sé como
         actuar.
         Gracias de nuevo y por supuesto dejaré reseña en Google.
         Saluods
         
         Responder
         * ClaimCenter says:
           3 abril, 2020 at 07:23
           
           La respuesta de tu aseguradora es muy extraña ya que en el momento
           que compras la vivienda la responsabilidad es tuya, no del anterior
           propietario a no ser que el origen fuera un vicio oculto conocido por
           el anterior propietario. Pero eso debería acreditarse.
           Otra contradicción es que por un lado te están cubriendo algo
           «perdonándote la vida» (tal como dices: gracias que van a asumir el
           arreglo de mi baño) sin recobrarlo al antiguo propietario (asumen el
           daño como tuyo) y por otro lado dicen que no lo asumen respecto a los
           terceros. Realmente sorprendente.
           Ante esta situación lo más adecuado es que los seguros de los
           perjudicados les indemnicen directamente a ellos y reclamen a tu
           seguro. Si no tienen seguro que ellos reclamen directamente a tu
           seguro. Dales a todos los datos de tu seguro para que reclamen a tu
           aseguradora y de este modo dejarás de sufrir por esta situación
           incómoda.
           
           Responder
           
         
       
     
 30. pepe sanchez says:
     7 febrero, 2020 at 13:58
     
     buen día, no se si puedo hacer esta consulta ya que no soy asociado de
     vdes., si es asi perdonen las molestias,
     tengo una casita unifamiliar en una urbanización, tuve un problema con la
     rotura de una tubería de agua, en cuanto supe por un vecino de la avería,
     llamé al seguro -santa lucia- y me enviaron a un fontanero, se arregló y
     ahora he visto que me han pasado un recibo de agua de mas de 400 euros,
     cuando no estamos habitando la vivienda y en circunstancias normales me
     pasarian un recibo de unos 20 euros, supongo que la factura se debe al
     gasto de agua desde la rotura hasta el aviso, ya que corté inmediatamente
     la llave de paso general. Mi pregunta es la siguiente, tengo derecho a que
     si es así la compañia de seguros me compense este gasto?. muy agradecido
     por la atención que no dudo dispensarán a la presente, reciban un cordial
     saludo.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       10 febrero, 2020 at 16:33
       
       Hay aseguradoras que cubren el gasto de consumo de agua derivado de
       contingencias como la suya, hasta un límite máximo que varía en función
       de la entidad aseguradora, y las hay que no indemnizan este tipo de
       percances. Debería estudiarse el contrato que usted tiene con su
       aseguradora.
       
       Responder
       
     
 31. Greg says:
     25 enero, 2020 at 23:09
     
     Espero que me puedan ayudar.
     
     Hace un mes llame a mi seguro del hogar y les notifique que teníamos
     humedades en el sótano ya que se estaba manchando una pared. A los pocos
     días vinieron un perito y dos operarios y me abrieron el suelo del baño
     contiguo. Pese a que lo abrieron entero, no fueron capaces de encontrar la
     raiz del problema y a la hora se marcharon. Nadie se digno a volver hasta
     la semana siguiente, cuando me abrieron un boquete en un muro. Tampoco
     encontraron el problema.
     
     A las 2 semanas me mandan al pocero, que con una cámara dice haber
     encontrado el problema. Para mi sorpresa, tardan otra vez 4/5 días en
     volver el perito y los operarios, quienes me dicen que no han visto el
     video del pocero y que siguen sin saber que es lo que pasa. Cuando vienen,
     es solo para una hora o así a la semana y todos se culpan unos a los otros.
     
     Ha pasado ya un mes y sigo con las humedades, ahora con un baño destrozado,
     sin informe del perito, sin solución al problema y sin saber de donde viene
     toda esa agua. Cuando les he amenazado con poner una reclamación, me dicen
     de buscar yo mismo la raiz del problema, pero dándome a entender que es muy
     posible que solo me cubran los costes relacionados con la avería pero no
     los ocasionadas con la «búsqueda» del problema.
     
     Les agradeceria si me pudiese guiar acerca de que pueda hacer, así como si
     hay alguna ley o plazo legal que les pueda citar.
     
     PD. Mi compañia es Santa Lucia y nunca había tenido ningún problema con
     ellos hasta hoy. Me he leído tanto la poliza como las condiciones generales
     pero no se especifica nada acerca de plazos.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       28 enero, 2020 at 09:54
       
       Respecto a la primera cuestión planteada. La aseguradora no está obligada
       a reparar nada. Las aseguradoras son entidades financieras cuya
       obligación legal es pagar los daños derivados de accidentes tipificados
       en el contrato de seguro, y si sustituyen la indemnización por la
       reparación es porque el asegurado lo consiente y la naturaleza del seguro
       lo permite. Pero si una de las dos partes no quiere la reparación, el
       tema se resuelve indemnizando con dinero. Por tanto la aseguradora puede
       negarse a reparar.
       En su caso la aseguradora se ha comprometido de manera implícita a
       localizar y reparar el daño puesto han empezado con las tareas de
       localización y reparación de la avería. Por tanto entendemos que deberían
       acabar lo que empezaron. Pero por experiencia le recomendamos que, como
       le han dejado en la estacada, sea usted quien arregle los daños derivados
       del percance con industriales suyos y fiables, no con los de la
       aseguradora. Le recomendamos que lea nuestros posts:
       https://www.claimcenter.com/operarios-en-casa-o-indemnizacion-con-dinero/
       y
       https://www.claimcenter.com/indemnizacion-o-reparacion-seguro-que-es-mejor/
       y
       https://www.claimcenter.com/talleres-y-asistencias/
       Según se desprende de los artículos 16, 17, 18 y 38 de la Ley 50/80 de
       Contrato de Seguro, es usted y no el asegurador quien debe de realizar
       todas las labores de informar de las causas y consecuencias del accidente
       y la valoración de los daños entre otras obligaciones legales. Y una vez
       informado de ello al asegurador, éste indemnizará según el contrato. De
       hecho no hace falta que el asegurador envíe a ningún perito ya que ese
       trámite pericial solo se contempla en los casos de desacuerdo entre
       asegurado y asegurador.
       Repare y contrate a un perito para que vea y certifique sus actuaciones y
       los hechos. Una vez resuelto su caso envíe toda la documentación con los
       costes al seguro para que los indemnice. Dado el caso que la aseguradora
       no le pagase los gastos sufragados, ya tendrá el informe pericial para
       reclamar judicialmente si es necesario.
       Respecto a los plazos legales, éstos hacen referencia a la indemnización
       donde el asegurador los debe hacer antes de los 40 días desde la
       notificación del accidente. Pero es usted sobre sobre el que recae la
       carga de la prueba y su coste (facturas de reparación).
       
       Responder
       
     
 32. Rosario says:
     20 enero, 2020 at 05:26
     
     Llevo un año, con unas filtraciones en una habitación, la causa proviene de
     la fachada, así se determinó, la comunidad arregla una serie de agujeros y
     se compromete a reparar toda la zona. Mientras tanto, después de demandar
     al seguro y a la comunidad, la aseguradora me indemniza. Reparo y arreglo
     la habitación.
     Dos semanas después vuelve a llover y me vuelve a entrar agua, con los
     consiguientes daños de pintura etc. Para la zona de la fachada hay un
     presupuesto, aprobado en junta, para hacer una reparación a fondo, desde
     hace 2 meses, pero aún no se ha reparado. No sé qué pasos seguir, estoy
     desesperada, pues acabo de pintar y estoy esperando que me traigan muebles.
     Gracias.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       22 enero, 2020 at 15:44
       
       Su caso es un tema de reclamación a la comunidad de propietarios, no un
       tema con la aseguradora. Sentimos no poder ayudarle en este caso.
       Gracias.
       
       Responder
       
     
 33. José Manuel Reyes Rivera says:
     21 noviembre, 2019 at 19:00
     
     Dos propietarios de viviendas de mi edificio observan humedades en sus
     respectivas casas; se trata del 1ºA y bajo A, por deducción reclamaron al
     propietario del 2º A. Según este último presentó ante su aseguradora el
     parte correspondiente. La aseguradora en cuestión tardó dos meses en
     atender el siniestro, por lo cual los daños fueron cuantiosos. La Junta
     Administradora de la comunidad, debido al retraso injustificado de la
     aseguradora procedió a encargar el trabajo a un especialista. Una vez
     encontrado el origen de las filtraciones de aguas que correspondía a
     bajantes de la Comunidad. Esta junta administradora procedió de inmediato a
     la reparación de esa instalación, no obstante por la tardanza en descubrir
     el motivo se habían producidos daños muy superiores a los que hubieran sido
     se la reparación se hubiese realizado de inmediato. Por tal motivo esta
     Junta Administradora se dirigió a la aseguradora del propietario del 2º A
     para reclamar la indemnización por los daños causado por su negligencia.
     Ahora la aseguradora nos dicen que no hubo tal parte de siniestro y esta
     comunidad ya ha pagado las reparaciones propias y ajenas ¿Que debemos
     hacer?
     Gracias anticipadas
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       27 noviembre, 2019 at 09:22
       
       Una aseguradora es una entidad financiera que tiene la obligación de
       pagar los daños consecuencia de sucesos accidentales. Ninguna Ley obliga
       a las aseguradoras a tener que reparar. Su obligación es sólo indemnizar,
       y la del asegurado hacer todo lo que esté a su alcance para minimizar el
       coste del siniestro y los daños. Es un imperativo legal. Por tanto, la
       obligación de ustedes era la de reparar para minimizar el alcance del
       accidente y comunicar al asegurador el evento. El asegurador tendrá la
       obligación de indemnizar en función de la Ley y el contrato de seguro
       (las garantías contratadas).
       En su caso «parece» que contractualmente hay el servicio de «reparación»
       por parte del seguro, servicio incumplido por ellos. Pero ustedes, como
       asegurados, tienen la obligación legal de minimizar el coste del
       siniestro y sus daños. Por tanto ustedes debían ponerse a reparar
       urgentemente el tema ¿Qué prevalece? ¿La obligación de imperativo legal
       del asegurado de minimizar el coste del siniestro o la cláusula
       contractual de reparar directamente sin saber la cobertura del siniestro?
       Por eso, y ante estas situaciones nosotros recomendamos siempre a los
       usuarios actuar sin esperar al seguro. Porque igualmente los asegurados
       lo deberán hacer y, además, es su vivienda, donde mandan ustedes no el
       seguro. Por tanto háganlo y olvídense del seguro.
       Piensen que el seguro podría alegar omisión por parte del asegurado de su
       obligación de tomar las medidas necesarias para minimizar el importe de
       los daños, y dejar de pagar el incremento del daño por falta de
       salvamento. Por tanto, les recomendamos que sean ustedes los que reparen
       y el seguro está para pagar lo contratado en póliza.
       
       Responder
       
     
 34. Belinda says:
     17 octubre, 2019 at 06:43
     
     Bnos días. He tenido una fuga de agua en la que se vio afectado el mueble
     de baño y su contenido.
     El mueble de baño me lo tuvieron q poner nuevo pero en el contenido no se
     quieren hacer responsables a pesar de que saqué fotos, sólo me pagan por
     algunas cosas y por el secador de pelo y la plancha no me lo quieren pagar
     xque dicen q en las fotos no se ve bien y que como tiré todo lo que se me
     estropeó pues no tengo como justificarlo.
     Estamos obligados a sacar fotos?
     No estoy de acuerdo con la resolución como puedo reclamarlo? Tienen razón?
     O puedo hacer algo?
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       28 octubre, 2019 at 10:34
       
       El artículo 38 de la LCS dice que «incumbe al asegurado la prueba de la
       preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza
       constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no
       puedan aportarse pruebas más eficaces».
       Ovbiamente las fotografías son pruebas suficientes dado el caso que en
       las mismas se vea correctamente el daño, y la aseguradora debería
       admitirlas. Si resulta que el daño se ve perfectamente y no las reconocen
       como prueba suficiente, se trata de una aseguradora TIMADORA.
       Para resolver el asunto deberá presentar una reclamación al Servicio de
       Atención al Cliente de la Aseguradora y esperarse a que le notifiquen la
       resolución. En función de lo que le contesten hay bastantes maneras de
       proceder. Si acaso presente la reclamación y contacte con nosotros de
       cómo proceder en función de la postura de la aseguradora.
       Le recomendamos que para otra vez, cuando deba contratar un seguro
       consulte antes http://www.rankiseguros.com. De este modo sabrá qué le
       sucederá el día que tenga un percance con esa entidad. Si debe sufrir o
       estar relativamente tranquilo.
       
       Responder
       
     
 35. Mercedes says:
     2 agosto, 2019 at 07:01
     
     Hola he tenido una fuga de agua que el seguro me ha arreglado. Lo que ha
     tardado un mes en hacerlo y la factura de agua ha sido considerable. Puedo
     reclamar está factura? Cada día me decían que mañana venían y no se
     presentaban.
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       9 agosto, 2019 at 15:36
       
       No, no la puede reclamar a no ser que su contrato así lo establezca, que
       lo dudamos mucho. La Ley 50/1980 le obliga a usted, no al asegurador, a
       actuar de manera activa. A reparar, localizar, realizar la valoración del
       daño, etcétera. También a realizar el salvamento de los objetos. La Ley
       solo obliga al asegurador a pagar con dinero el importe resultado del
       daño. Nada más.
       Sabemos que muchas aseguradoras engañan a la gente recomendándoles a sus
       operarios porque saben que el coste del siniestro les saldrá mucho más
       económico con sus operarios Low Cost. Pero la pérdida de este tiempo
       precioso recae sobre usted, no sobre la aseguradora.
       Acreditar este perjuicio para imputarlo a los operarios del seguro para
       que asuman su responsabilidad le será muy difícil o casi imposible
       acreditarlo. Si usted hubiera actuado con operarios de su zona,
       diligentes, el accidente no le hubiera costado nada.
       Cuando las personas sufrimos accidentes debemos ser nosotras, o empresas
       de Gestión de Siniestros si no queremos ocuparnos de ello, quienes
       debemos actuar de manera activa. La obligación del seguro es
       exclusivamente indemnizatoria, y lamentablemente en el presente caso
       usted deberá soportar este extracoste.
       
       Responder
       
     
 36. IGNACIO ROMERO says:
     19 mayo, 2019 at 19:35
     
     Buenos días
     Tengo un negocio de muebles en Madrid que se encuentra en el local bajo de
     una vivienda alquilada. En la Semana Santa de 2019, estando cerrado el
     local de jueves a domingo se produjo una rotura de una tubería en el tramo
     que lleva el agua desde la entrada del edificio a la vivienda superior a la
     mía. He sabido que la vivienda está alquilada a un despacho de abogados
     
     Dicha tubería pasaba por el techo del referido local y el agua se filtró
     por las paredes de tal forma que se inundó el local produciendo daños en el
     mobiliario expuesto en el mismo. Así como en el almacén donde se
     encontraban otros muebles y unas estanterías con cajas llenas de lámparas
     de diseño y complementos.
     
     Dado que no me queda claro si es un siniestro comunitario o privativo,
     contacté con todas las partes: mi propietario; el Administrador de la
     Comunidad; la empresa dueña de la vivienda superior y el despacho de
     abogados / inquilino de la vivienda a la que llega la tubería dañada.
     
     Mis arrendatarios son italianos y se lavan las manos por lo que creo que no
     tienen seguro propio.
     El Administrador de la Comunidad da parte a las Compañía de Seguro,
     “Generali”.
     Los propietarios de la vivienda se escudan en que esta se encuentra
     arrendada a un tercero por lo que nos remiten a ellos y/o su seguro
     
     Los socios del despacho de Abogados dan parte a su compañía aseguradora:
     “MAPFRE” pero me señalan que están en pleitos con sus arrendatarios, dadas
     las malas condiciones en que tienen la vivienda arrendada, pues han tenido
     varios problemas y siempre hacen caso omiso.
     
     Me encuentro con que nadie quiere hacerse cargo de los daños y estoy un
     poco perdido en saber si se trata de un siniestro privativo y/o
     comunitario, y por tanto quien tiene que hacerse cargo del pago de los
     daños que me han causado.
     
     Pendientes de sus urgentes comentarios
     
     Saludos
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       21 mayo, 2019 at 15:04
       
       Por lo que nos está diciendo es necesario y urgente que contrate a un
       perito de seguros IRD. Una vez tenga el informe, el cual acredite cuales
       son los daños sufridos y quien es el responsable, podrá reclamarle
       directamente al mismo (o a su seguro, si este dispone de uno).
       
       Responder
       
     
 37. juan carlos says:
     4 abril, 2019 at 11:52
     
     tengo un problema de aguas que parecen ser del bajante aunque no se ha
     comprobado de ninguna manera solo a ojo que segun la aseguradora es cosa de
     la comunidad y se lava las manos con el cosniguiente problema
     no hay comunidad del edificio a la que reclamar o denunciar
     ¿no deberia la aseguradora reparar y denunciar luego al causante?
     y si no es asi
     ¿como deberia de proceder?
     por que ya esta el techo que casi se cae
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       9 abril, 2019 at 12:30
       
       ¡La aseguradora tiene la obligación de pagar siempre! (Art. 18 Ley
       Contrato Seguro). Si reparan lo hacen es porque el asegurado lo consiente
       y ellas lo quieren.
       La solución es siempre la misma:
       Solución 1: Ustedes reparan y una vez arreglado pasan la factura a la
       aseguradora para que ella indemnice según la Ley y el contrato.
       Solcución 2: Ustedes contratan un perito que valore las circunstancias y
       consecuencias del siniestro, la valoración de los daños y demás
       circunstancias derivadas del contrato de seguro para ser indemnizados si
       se da el caso. Una vez tengan el dinero hacen con él lo que quieran, que
       entre otras cosas puede ser reparar el daño.
       
       Responder
       
     
 38. juan says:
     28 enero, 2019 at 20:19
     
     Hola, mi seguro no me quiere cubrir un incidente, de daños por agua a
     terceros porque me dice que el daño se estaba produciendo cuando solicite
     el seguro. Me explico.
     Solicite un seguro de hogar, para mi vivienda el 21 diciembre del 2015 y el
     26 enero del 2016 una vecina me dice que tiene filtraciones de agua en su
     vivienda. Según el seguro de esta vecina viene de mi vivienda y que dichas
     filtraciones llevan tiempo realizándose. Mi seguro se agarra a esto, ya que
     dicen que la avería es de antes de contratar con ellos el seguro. Pregunto
     ¿es correcto lo que me dice mi seguro?
     
     Responder
     * ClaimCenter says:
       30 enero, 2019 at 09:26
       
       Si las filtraciones se manifestaron antes de la fecha de efecto de su
       seguro, el seguro que debe hacerse cargo de ese siniestro es el que usted
       tuviera contratado con anterioridad al 21 de diciembre del 2015, dado el
       caso que se acredite de manera fehaciente que usted es el responsable de
       los daños causados a su vecina y no sea otra cosa.
       
       Responder
       
     


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